Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2013
Fecha: 27-Mar-2013
I.2.4. Intervención del tercer interesado
Walter Andrés Cuellar Romero, Juez Segundo de Partido Mixto y de Sentencia de Punata del departamento de Cochabamba, presentó informe escrito cursante a fs. 87 y vta., en el que refiere; al haberse emitido la sentencia disciplinaria 034/2010, declarando improbada la acusación presentada en su contra y confirmada la misma, evidencia que no tiene interés directo en la presente acción de amparo constitucional.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades administrativas demandadas
- a)
- I.2.4. Intervención del tercer interesado
- concede parcialmente
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la congruencia en las resoluciones
- Al contrario, cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que se ha arribado, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia, por lo mismo se le abren los canales que la Ley Fundamental le otorga para que en búsqueda de la justicia, acuda a este Tribunal como contralor de la misma, a fin de que dentro del proceso se observen sus derechos y garantías fundamentales, y así pueda obtener una resolución que ordene la restitución de dichos derechos y garantías
- III.5. Del análisis de caso concreto