SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2013

Fecha: 27-Mar-2013

a)

El abogado de los accionantes, ratificó la acción y la amplió indicando, que: a) El Juez demandado, sin efectuar la valoración de la prueba que corresponde en materia civil, revocó la Resolución 025/12-C de 2 de febrero de 2012 y dispuso que se acuda a la vía ordinaria a efectos de demandar reivindicación y derecho de propiedad; y, b) Al no haberse valorado la prueba se infringieron principios constitucionales como “el derecho al debido proceso y a la seguridad jurídica” (sic), según se pronunciaron las “SSCC 083/2004, 0160/2005 y 0160/2006”.