SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2013
Fecha: 27-Mar-2013
1)
Yony Yamil Exeni León, ex Director General Ejecutivo del SENASIR, presentó el informe escrito cursante a fs. 48 y vta., manifestando como argumentos lo siguiente: 1) El accionante dirigió la demanda en contra de su persona de manera equivocada como si estuviera todavía en funciones como Director General Ejecutivo del SENASIR, ya que el Ministro de Economía y Finanzas Públicas, a través de la Resolución Ministerial 546 de 23 de agosto de 2012, designó a Juan Edwin Mercado Claros como titular de la cartera mencionada, con lo que perdió legitimación pasiva para ser demandado en esta acción, al efecto citó la SC “1139/2010”; y, 2) En calidad de Director General Ejecutivo de SENASIR, todas las acciones que llevó adelante, los realizó a título institucional, por la que la acción debió ser dirigida a la actual autoridad titular de la citada institución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el Derecho a la petición
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR