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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2013-L

    Fecha: 02-Abr-2013

    Fragmento 21

             En relación a la jurisprudencia constitucional se tiene a bien citar la SC 0246/2011-R de 16 de marzo, ha indicado claramente: “…la acción tutelar sea interpuesta dentro del plazo máximo de seis meses a partir de la supuesta vulneración o de la notificación con la resolución judicial o administrativa que se considera lesiva de derechos fundamentales y garantías constitucionales, plazo verificado con anterioridad sólo vía jurisprudencial.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 21
    • III.2.
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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