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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0176/2013-L

    Fecha: 02-Abr-2013

    II.6.

    II.6.  Auto de Vista SCI-395/2010 de 10 de diciembre, emitido por Rodrigo Erick Miranda Flores Presidente y José Antonio Revilla Martínez, Vocal de las Salas Civiles Segunda y primera respectivamente, confirmando totalmente el Auto “341”/2010 de 27 de octubre, dictado por la Jueza codemandada (fs. 20 a 22 vta.), notificaciones con el Auto de Vista (fs. 23 y vta.).

    • acción de amparo constitucional,
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • a)
    • I.2.3.Intervención de la tercera interesada y de la Representante del Ministerio Público
    • DENIEGA
    • I.3. Consideraciones de sala
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  El debido proceso y su triple dimensión
    • III.3.  El derecho a la defensa como garantía del debido proceso
    • III.4.  Inviabilidad de ordinarizar el proceso ejecutivo ante la lesión de derechos
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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