Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2013-L
Fecha: 05-Abr-2013
II.1.
II.1. Cursa la personalidad jurídica de 21 de septiembre 2007, otorgada por la entonces Prefectura del Departamento de Pando a favor del Centro de Acción Pandina - Comité Cívico de Pando, al amparo de la Resolución Prefectural 064/07 de 20 de septiembre de 2007, Dictamen Fiscal de 5 de julio del mismo año y Registro 20/07 de 21 de septiembre del citado año (fs. 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 15
- 5. Acompañar la prueba en que funda su Acción
- Jurisprudencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR