Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2013-L
Fecha: 05-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian como vulnerados sus derechos a la “libertad de trabajo”, a la libertad de reunión y asociación, “a denunciar y combatir todos los actos de corrupción” y a la inviolabilidad del domicilio; por cuanto, los demandados trasladaron a funcionarios de Empleo Digno, dependientes de la Gobernación de Pando, con el fin de tomar la institución denominada Centro de Acción Pandina - Comité Cívico de Pando, rompiendo el candado con una “pata de cabra” en forma violenta ingresaron y tomaron la institución en la cual permanecen hasta ahora. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 15
- 5. Acompañar la prueba en que funda su Acción
- Jurisprudencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR