SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.6.
II.6. Se acreditó igualmente los memoriales de las solicitudes presentadas por el accionante ante la Alcaldía Municipal de Cobija, en las siguientes fechas: 17 de noviembre de 2005; 5 y 25 de abril de 2006; 12 de septiembre de 2006; 8 de enero de 2007; 23 de julio de 2007; 3 de septiembre de 2007; 31 de octubre de 2008; 10 de junio de 2009; 1 de abril de 2010; 10 y 17 de agosto de 2010; 21 de marzo de 2011; 11 de abril de 2011; y, 3 y 18 de mayo de 2011, solicitando la devolución de lotes de terreno entregados a cambio de la aprobación del plano de propiedad del predio: “Quinta la Victoria”; anunció amparo constitucional, solicitó certificados; inscripción al sistema; efectuó denuncia sobre parcialidad por rechazo de inscripción; hizo presente complementación y enmienda; presentó prueba del predio de su propiedad; reiteró solicitud de pronunciamiento sobre aprobación de planos; se opuso a la aprobación del plano correspondiente al predio “Tres Puentes”; efectuó peticiones sobre aclaración de informe y denunció la construcción de viviendas clandestinas (fs. 27 a 48).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Imposibilidad de dilucidar hechos controvertidos o definir la titularidad de derechos a través de la acción de amparo constitucional
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR