SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2013-L

Fecha: 10-Abr-2013

III.2.

Todo Estado de Derecho, presupone la existencia de un sistema jurídico que prevé, para las personas naturales y jurídicas estantes y habitantes de su territorio, normas de reconocimiento, ejercicio y cumplimiento de derechos y deberes; procurando el orden y la paz social dentro de sus fronteras y fuera de ellas conforme a normas que uniforman su relación con otros Estados. Asimismo, todo sistema de normas que regulan la actividad de un grupo de personas en un territorio determinado, presuponen la existencia de una organización política y administrativa que establezca órganos e instituciones competentes para el ejercicio y cumplimiento de los derechos y deberes reconocidos por el orden jurídico. De esta manera el Estado y el Derecho coexisten y dependen el uno del otro y comparten una sola finalidad que consiste en la ordenación de la conducta humana al imperio de la ley, de manera tal que nadie se vea obligado a hacer lo que la ley no mande ni privarse de aquello que la ley no restringe. Para hacer efectiva esta finalidad, el Estado de Derecho, hace uso de la coacción jurídica a través de las fuerzas del orden cuando advierte la incompatibilidad de una conducta con el orden establecido, asimismo en caso de controversia de derechos, la solución de los conflictos le es encomendada a un órgano del Estado que ejerce la potestad de impartir justicia dentro de su territorio y fuera de el en la medida en que así le reconocen las normas y acuerdos que regulan su relación con otros Estados.