SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
segundo supuesto de activación
El segundo supuesto de activación, que en principio tenía previstos cuatro presupuestos o requisitos ha ser cumplidos por el peticionante en la carga probatoria; ha merecido una reciente modulación por parte de la mencionada SCP 0998/2012, que ha concentrado los requisitos en dos presupuestos, el primero atingente a todos los casos de medidas o vías de hecho y el segundo de aplicación específica a casos vinculados con el avasallamiento, asumiendo así el siguiente entendimiento: “La línea jurisprudencial precedentemente señalada es modulada por la presente sentencia, cambio de entendimiento que responde a un real acceso a la justicia constitucional, a una tutela constitucional efectiva y a una interpretación extensiva y bajo pautas de hermenéuticas armoniosas al postulado plasmado en el art. 256.1 de la CPE, que indica que el principio de favorabilidad; por cuanto, en base al Fundamento Jurídico III.4, se establecen los siguientes presupuestos: i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y, ii) Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros (las negrillas son nuestras).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- evitar abusos al orden constitucional vigente y
- primer supuesto de activación
- segundo supuesto de activación
- tercer presupuesto de activación
- al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR