SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2013-L

Fecha: 10-Abr-2013

Fragmento 8

Reynaldo Abasto en representación del Ministerio Público, señaló: 1) De acuerdo a las pruebas presentadas por el accionante deduce que este no efectuó peticiones ante la Central de Reclamos de la ASFI, por consiguiente no existe un dictamen definitivo; 2) De acuerdo al informe de la parte demandada, si se hubiera emitido un dictamen, el accionante podría impugnarlo conforme al procedimiento administrativo regulado por el DS 27175; y, 3) En el presente caso no se han agotado los recurso de ley, por consiguiente no se ha lesionado la garantía del debido proceso ni ningún otro derecho, por lo que pide se deniegue “la acción de amparo constitucional” interpuesta.