Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
II.3.
II.3. Ante la referida Resolución, el accionante presentó su recurso de revocatoria, el 3 de febrero de 2011, ante el Jefe del Departamento de Ingresos, señalando que la baja de su licencia de funcionamiento, se basa en los arts. 17 y 62 del Reglamento de Venta, Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas y 36.4, porque la actividad económica ha dejado de cumplir con los requisitos exigidos por ley para su funcionamiento (fs. 55 a 56 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3. Deber de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales o administrativas
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR