SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

1)

Haciendo el uso del derecho a la réplica, dijo: 1) En cuanto a la apelación que presentaron por la parte demandada, sólo se mandó a la Sala Penal fotocopias legalizadas, ya que el cuadernillo original se quedó en el Tribunal de Sentencia Penal de Quillacollo, para el caso de haberse remitido el expediente principal y no así las fotocopias legalizadas, se estaría incurriendo en incumplimiento de deberes; y, 2) No es posible solicitar a la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba la remisión de los antecedentes, pues ésta se encuentra de vacación.