Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
II.4.
II.4. A fs. 27 vta. se constata nota marginal que indica: “Hoy 6 de julio de 2011 Hrs. 16:15 se hizo entrega del cuadernillo principal de actos preparatorios para el juicio oral # 309101201102486 IANUS a la Secretaría del Tribunal de Sentencia”, firmando al pie el mismo Edgar Zapata Gutiérrez, Actuario del Juzgado de Instrucción Mixto y cautelar de Vinto; y, María Elena Vega Alanes, Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal de Quillacollo, ambos del departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- Cuando se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR