SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

denegó

La Jueza de Instrucción Mixta y cautelar de Vinto del Distrito Judicial -ahora departamento- Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 02/2011 de 6 de julio, cursante de fs. 31 a 33 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La acción de libertad no es una garantía que tenga la vocación de reparar todas las formas de lesión a la libertad, sino de dotar a las personas de un medio de defensa sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida; 2) El accionante previo a plantear la presente acción de libertad no ha acudido al Tribunal de Sentencia Penal de turno, solicitando la cesación de la detención preventiva, así como la remisión de antecedentes procesales; 3) Del libro de altas y bajas se tiene que René Rambert Guzmán Soria apeló de una resolución de cesación de detención preventiva, cuya apelación fue remitida el 4 de junio de 2011, sin que hasta la fecha haya sido devuelto al Tribunal de Sentencia Penal de origen; 4) El accionante debió agotar los medios necesarios antes de acudir a una acción extraordinaria, pues uno de los requisitos  de la acción de libertad es la subsidiariedad; y, 5) La detención del accionante no es ilegal, pues su situación jurídica fue considerada en su momento.