Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la lesión de su derecho a la libertad de locomoción, al debido proceso, a la defensa, a la protección oportuna y efectiva; y, a una justicia plural, pronta, gratuita, transparente, sin dilaciones, en razón a que las autoridades demandadas, previo al ingreso de la vacación colectiva de 2011, no remitieron los antecedentes del proceso penal que le sigue el Ministerio Público y Rosario Mallcu Gordillo al Tribunal Quinto de Sentencia Penal del ahora departamento de Cochabamba, que estuvo de turno durante el receso judicial desde el 27 de junio hasta el 21 de julio de 2011, impidiéndole así solicitar la cesación de la detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- Cuando se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR