SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2013

Fecha: 10-Abr-2013

c)

c) En el punto 2.3 de dicho memorial, impugnó la errónea interpretación del art. 519 del CC argumentando que:  “…su autoridad al parecer admite que únicamente el contrato plasmado en un documento (contrato escrito) es el que tiene fuerza de ley entre partes; sin embargo, esta interpretación es errónea, pues el art. 519 del Código Civil, es aplicable también aplicable a los contratos verbales, pues el art. 453 del sustantivo civil, dispone que el consentimiento de las partes, que constituye requisito no sólo de formación, sino también de validez (art. 450 y 452-1) C.C, puede ser expreso o tácito…” (sic).