SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2013

Fecha: 11-Abr-2013

que

En tal sentido, la Resolución 194/11 no puede soslayar que las Resoluciones emitidas 2006 en primer lugar no fueron tomadas en base a la sustanciación de un previo proceso universitario que concluye en la aplicación de una sanción como es el veto, y en segundo lugar, que aunque es una consideración de fondo las actuaciones del accionante no fueron otras, sino las que en el ejercicio de sus funciones no sólo que está facultado a ejercerlas, sino que tiene el deber, como representante de la sociedad, de realizar frente a una presunta comisión de delitos, actuaciones de las que incluso no se tiene evidencia cierta que hubieran sido llevadas a cabo por éste.

En este contexto el Consejo Universitario al haber rechazado la solicitud del accionante por la que se buscaba dejar sin efecto el veto universitario en su contra, no sólo lesionan el derecho a la igualdad de presentarse a cualquier convocatoria emitida por esa Universidad, sino que consolida incorrectamente la determinación de veto en su contra sin que la misma se haya tomado respetando como mínimo el derecho al debido proceso y naturalmente no tenga en consecuencia expectativa alguna para acceder o en su caso ejercer la docencia respecto a alguna cátedra que pudiera convocarse en el futuro, por lo mismo corresponde dar curso a la solicitud de tutela dejando sin efecto la Resolución 194/11 y por conexión las Resoluciones 044/06 y 045/06.