SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2013

Fecha: 11-Abr-2013

se les estaría impidiendo que puedan ingresar a trabajar como docentes, trabajadores o administrativos

En igual sentido el AC 0015/2007-RCA de 5 de enero, estableció que las acciones de amparo constitucional protegen aquellos derechos consolidados y firmes, no así derechos expectaticios, señalando al efecto que: “No obstante que los recurrentes relatan los hechos que supuestamente vulneran sus derechos al trabajo, a la garantía al debido proceso y a la presunción de inocencia; sin embargo, de obrados se evidencia que los recurrentes no trabajan en esa casa superior de estudios, puesto que -como ellos mismos lo reconocen en el memorial del recurso- al vetarlos, mediante Resoluciones 044/06 y 045/06 del Consejo Universitario se les estaría impidiendo que puedan ingresar a trabajar como docentes, trabajadores o administrativos de la Facultad de Derecho de la Universidad 'Misael Saracho'; por lo que, el supuesto derecho lesionado no se encontraría consolidado, toda vez que la exigencia de este requisito implica la existencia de dicho derecho y no así sobre derechos expectaticios, entendidos como 'La posibilidad, más o menos cercana y probable, de conseguir un derecho, acción (...) empleo u otra cosa, al ocurrir un suceso que se prevé o al hacerse efectiva determinada eventualidad' (Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual -Guillermo Cabanellas)” (las negrillas son nuestras).