SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2013

Fecha: 12-Abr-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó los fundamentos expuestos en su demanda y añadió que tanto el Fiscal Materia como el Fiscal Departamental, no valoraron catorce medios de prueba, sino tan sólo cuatro; asimismo, argumentó que si bien es cierto que la “seguridad jurídica” no está reconocida como derecho; empero, de acuerdo a la interpretación del art. 410 de la CPE, que reconoce a los tratados internacionales como parte del bloque de constitucionalidad, éstos reconocen la seguridad jurídica como un derecho, pidiendo finalmente se revoquen la Resolución de sobreseimiento del Fiscal de Materia, asimismo se revoque la Resolución emitida por el Fiscal de Distrito.