SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2013

Fecha: 12-Abr-2013

II.3.

II.3.  Por Auto de 6 de noviembre de 2008, el Juez Agrario de Corque del departamento de Oruro, determinó: i) Dentro la etapa de ejecución de la sentencia y sujeción estricta a lo dispuesto por el art. 514 del CPC, en aras de una convivencia pacífica de las comunidades y los comunarios, que la parte perdidosa, retiren los postes plantados más el alambrado, a partir de la quebrada límite entre las comunidades de Peña Blanca, Pacocahua y Chapi con dirección a los mojones intermedios 28 de febrero, Pujini y otros hasta Chitita objeto de la presente acción y solicitud; ii) El desmoronamiento y retiro de la casa construida en el lugar de Patabalaña, como se dispuso en la Sentencia 01/2008 de 25 de marzo; y, iii) A tal efecto, se les concedió al ahora accionante y otros, un plazo prudencial de veinte días calendario, computables a partir de su notificación con el presente proveído, bajo alternativa de ley en caso de desobediencia (fs. 41 a 42).