SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0487/2013

Fecha: 12-Abr-2013

pero el Fiscal de distrito no me hizo caso, no valoró las 18 pruebas colectadas, simplemente se limita a valorar nuevamente las pruebas valoradas por el fiscal de materia

Por otra parte, el abogado defensor del accionante, durante su intervención en audiencia señaló: “…pero el Fiscal de distrito no me hizo caso, no valoró las 18 pruebas colectadas, simplemente se limita a valorar nuevamente las pruebas valoradas por el fiscal de materia…” (sic) (negrillas añadidas); posteriormente indicó: “…simplemente estoy denunciando que el fiscal de materia y el fiscal de distrito no valoraron 14 pruebas simplemente 4…” (el resaltado es nuestro).

De lo precedentemente transcrito, se denota que el accionante no cumplió los requisitos que hacen viable la contrastación de revisión de la prueba por esta jurisdicción constitucional de manera excepcional, toda vez que para poder otorgar la tutela solicitada con la debida fundamentación y motivación, éste Tribunal debe contar con todos los elementos fácticos que le brinden certeza absoluta sobre la vulneración de derechos y garantías constitucionales alegados por el accionante; en ese sentido, se ve impedido de poder analizar y resolver el fondo de la problemática planteada.