Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2013
Fecha: 12-Abr-2013
II.
II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales:
- acciones de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- determinando un reparo de UFVs729 627.-
- I.2.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la autoridad consultante
- I.2.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.3.2. Trámite procesal del incidente y Resolución de Tribunal la autoridad consultante
- I.3.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.3.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- determinando un reparo de UFVs1 268 347.-
- I.4.2. Trámite procesal del incidente y resolución de la autoridad consultante
- I.4.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- determinando un reparo de UFVs1 219 106.-
- I.5.2. Trámite procesal del incidente y Resolución de la autoridad consultante
- I.5.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.5.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control normativo de constitucionalidad y naturaleza y alcances de la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.2. Análisis del caso concreto
- Los tratados y convenios internacionales ratificados por la Asamblea Legislativa Plurinacional, que reconocen los derechos humanos
- IMPROCEDENCIA