SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0287/2013-L

Fecha: 03-May-2013

3)

3) No se comunicó a la accionante que estaba siendo procesada por supuesta malversación y actos ilícitos, tampoco respecto de que se pondría a conocimiento de los socios que sería procesada, ni que estaba pasando a la Comisión de Justicia, sólo se le envió una carta para que se apersone a la Sociedad para responder sobre la falta de recibos pero no se le indicó de su procesamiento; 4) Amalia Quiroga Padilla y otros socios observaron como se estaba llevando la administración en la Sociedad, lo cual ocasionó que el Directorio tenga un desafecto contra su persona; 5) Felipe Forteza López en su calidad de Presidente, procedió a iniciarle una acción administrativa por supuestos malos manejos administrativos donde no se habría cumplido lo que dice el Estatuto Orgánico, pues la accionante fue procesada, sancionada y expulsada sin darle el derecho a asumir defensa tal como establecen los arts. 6 y 15 del citado Estatuto; 6) No fue notificada con el proceso disciplinario, para que presente prueba de descargo y así demostrar su inocencia, por lo cual el indicado Presidente de la Sociedad incurrió en un acto arbitrario, con abuso de autoridad al decidir unilateralmente sin el conocimiento de la Asamblea General de Socios que en última instancia son quienes pueden observar, aprobar o rechazar una acción de esta naturaleza; y, 7) Solicitó se deje sin efecto la resolución y/o carta que permitió la salida de la accionante y sea admitida nuevamente como socia.

En uso de su derecho a dúplica, con relación a los supuestos malos manejos, señaló que ella no era la Tesorera, era Fiscal y que en ningún momento “ha manejado” la Sociedad, para ello había un Directorio, un Tesorero, un Contador, también refirió que agotó todas las instancias al acudir a la “Federación” y a la “Confederación”.