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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2013-L

    Fecha: 13-May-2013

    II.2.

    II.2.    Por Testimonio 191/2003 de 25 de marzo, Yerko Martín Golac Skocilic otorgó poder especial y suficiente a Esteban Golac Morales, para que en su representación se apersone ante cualquier Juzgado de Instrucción, Partido o a las entonces Cortes Superiores de Justicia en sus diferentes Salas y Suprema de Justicia de la Nación, para iniciar y proseguir demandadas civiles, ordinarias o ejecutivas, entre otros (fs. 3 a 4).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • DENEGAR
    • I.3. Consideraciones de sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Respecto a la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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