Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2013-L
Fecha: 13-May-2013
II.7.
II.7. El 2 de marzo de 2011, Esteban Golac Morales en representación de Yerko Martín Golac Skocilic, mediante memorial anunció recurso de compulsa en rechazo al recurso de casación, mereciendo el decreto de 3 del referido mes y año, emitido por el Vocal de la Sala Civil Primera, disponiendo se franqueen fotocopias legalizadas y teniendo por anunciada dicha compulsa (fs. 257 a 258).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- DENEGAR
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto a la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR