Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2013-L
Fecha: 13-May-2013
Fragmento 2
Trabajó en la UAGRM, desde el 1 de julio al 17 de diciembre de 2010, donde para que se proceda a esta contratación realizó la presentación y cumplimiento de una serie de requisitos como ser: declaración jurada de consanguinidad y afinidad de 11 de junio del mencionado año, certificado negativo laboral interno del Departamento de Recursos Humanos de 15 de junio de 2010; por lo que el Rector instruyó se proceda a dicha contratación, toda vez que había cumplido con todos los trámites administrativos correspondientes.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección a la
- «No gozarán de dicho beneficio la madre y/o padre progenitores que incurran en causales de conclusión de la relación laboral atribuible a sus personas…»
- se haya exigido la respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida y no existan otras vías para lograr la pretensión
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR