Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2013-L
Fecha: 13-May-2013
II.5.
II.5. Nota JDTSC/CONM/RL013/2011 de 1 de abril, sobre conminatoria de reincorporación laboral de la ahora accionante emitida por Ribaldina Barrera Ramirez, Jefa Departamental de Trabajo a.i. del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (fs. 33 a 34); notificada a la UAGRM el 18 de abril de 2011 (fs. 36).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección a la
- «No gozarán de dicho beneficio la madre y/o padre progenitores que incurran en causales de conclusión de la relación laboral atribuible a sus personas…»
- se haya exigido la respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida y no existan otras vías para lograr la pretensión
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR