SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2013-L

Fecha: 13-May-2013

denegó

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 007/2013 de 14 de febrero, cursante de fs. 211 a 213 vta., denegó la acción planteada, con los siguientes fundamentos: i) Las normas legales que rigen la materia no establecen pérdida de competencia; ii) Se encuentra disciplinado el silencio administrativo positivo como excepción y no así como regla general; iii) Los actos tardíos pronunciados por la autoridad administrativa, no vulneran la “garantía de la competencia” (sic); y, iv) En cuanto a la congruencia, no se estableció tal extremo en la Resolución sumarial 002/2010 de 4 de marzo, de revocatoria 002/2010 de 26 de marzo y jerárquica 23 de 7 de octubre de 2010, ésta última que se encuentra debidamente fundamentada y motivada.