Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2013-L
Fecha: 13-May-2013
II.10.
II.10. Auto de Vista de 12 enero de 2011, emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que revoca la Sentencia de 5 de abril de 2010 y en el fondo declara probada la excepción de inhabilidad de título y modifica el monto concerniente al pago documentado, en la suma de $us4080.- (cuatro mil ochenta dólares estadounidenses) y la correspondiente diligencia de notificación a las partes (fs. 139 a 142).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3.Intervención del tercero interesado
- conceder
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Respecto de la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- 3º