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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2013-L

    Fecha: 13-May-2013

    II.6.

    II.6.    El 24 de julio de 2009, Jocimar Aparecido de Oliveira, por memorial dirigido al Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, interpone excepciones de pago documentado, prevista en los incisos 3), 4) y 5) del art. 584 del CCom, en relación a lo dispuesto por los incisos 5), 7) y 8) del art. 507 del CPC (fs. 25 a 28 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • I.2.3.Intervención del tercero interesado
    • conceder
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1
    • II.2
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
    • III.3. Respecto de la valoración de la prueba
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • 3º

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