SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2013-L

Fecha: 20-May-2013

Fragmento 4

La representante del Ministerio Público, en audiencia, señaló lo siguiente: Si bien el art. 54 del CPP, concede amplias facultades al Juez cautelar para verificar todos los elementos de prueba y la pertinencia de modificación de una medida cautelar de detención preventiva y la sustitución por otra medida funcional, el Tribunal Constitucional, ha sentado un precedente respecto a su modificación, en función del art. 239 del referido Código; por lo que, se deben agilizar los plazos a objeto de concluir la etapa investigativa, correspondiendo que el Juez de la causa señale día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva de los accionantes.