Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2013-L
Fecha: 20-May-2013
II.8.
II.8. En audiencia de la presente acción tutelar, las autoridades demandadas informaron que sorteada que les fue la apelación incidental formulada por el ahora accionante el 17 de agosto de 2011, se instaló la audiencia, habiendo pronunciado la Resolución 265/2011 por la que confirmaron la resolución apelada (fs. 28 a 30).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De los menores de edad imputables
- si el delito presunto hubiera sido cometido por un adolescente mayor de dieciséis años, se genera una responsabilidad penal la que debe ser definida en cuanto a su investigación y juzgamiento por la justicia ordinaria
- Fragmento 15
- III.3. La detención preventiva según el Código Niño, Niña y Adolescente
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- III.5. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad»'”
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- III.6.1. La detención preventiva del menor imputable
- III.6.2. Dilación en la tramitación de la causa y el pronto despacho
- 9 de agosto de 2011
- III.6.3. Dilación en la tramitación de la acción de libertad
- 1º CONFIRMAR en parte
- 2º