SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2013-L

Fecha: 20-May-2013

III.6.  Análisis del caso concreto

En el presente caso, el accionante acusa la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la libertad, puesto que dentro de la denuncia de secuestro, al haberse dispuesto su detención preventiva en el penal de San Pedro de La Paz el 13 de mayo de 2011, solicitó cesación a la detención preventiva el 6 de junio de ese mismo año, argumentando su minoridad y nuevos elementos al amparo del art. 239.1 del CPP, citando el art. 231 del CNNA, señalando que no podría imponérsele ésa medida por más de cuarenta y cinco días, la que fue rechazada indicándole que el Código Niño Niña y Adolescente es aplicable a menores de dieciséis años y de acuerdo al art. 5 del CP, son imputables a partir de ésa edad. Apelada la Resolución 252/2011, la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz indicó que “sobre la aplicación del art. 233 parte in fine del CNNA bajo el principio de la ley especial rige la ley general” (sic), confirmando el rechazo señalando que no podría pronunciarse sobre hechos ya valorados, negando su competencia.