Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2013-L
Fecha: 21-May-2013
II.3.
II.3. Por memorial de 17 de septiembre de 2007, Jhonny Pardo Ramírez, en representación legal del Alcalde Municipal de Mizque interpuso apelación incidental, solicitando que el Tribunal superior anule el Auto Interlocutorio de 12 septiembre de 2007, en el que se declaró abandonada la querella y la acusación particular (fs. 123 a 124).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 16
- III.2. El art. 413 del Código de Procedimiento Penal, sobre resolución del recurso de apelación restringida
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR