SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2013-L

Fecha: 27-May-2013

1)

1) Se determinó rechazar por inadmisible la apelación incidental intentada en el marco de las disposiciones legales vigentes, cumpliendo la jurisprudencia constitucional  establecida en las SSCC 1703/2004-R y 0294/2006-R; y, 2) El referido rechazo se dispuso en atención a que: Cuando la defensa concluyó la fundamentación oral de su recurso, se ingresó a realizar el juicio de admisibilidad, en el que se estableció el incumplimiento del art. 396 inc. 3) del CPP, al haber realizado una apelación en forma escrita y no oral, por lo que, la mera mención recursiva en la suma del memorial y la reserva de fundamentar su recurso ante el Tribunal de alzada, sin fundamentar los agravios sufridos incumple la referida norma; al ser un tema de fondo se aplicó lo previsto por el art. 399 del mismo procedimiento. Concluyendo, solicitaron se deniegue la acción.

REVOCAR la Resolución 10/2011 de 10 de septiembre, cursante de fs. 200 a 204 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Chuquisaca; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo la nulidad del Auto de Vista 321/11 de 3 de septiembre de 2011, pronunciado por las autoridades demandadas, debiéndose señalar audiencia de consideración del recurso de apelación presentado por el accionante el 25 de agosto de 2011; y, en el citado acto debe determinarse lo que corresponda en derecho; sin disponer la libertad del accionante.