SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2013-L

Fecha: 28-May-2013

i)

Por lo expuesto, se establece que: i) La acción de amparo constitucional es un instituto procesal de naturaleza constitucional que tiene por objeto garantizar la vigencia y el respeto de los derechos de las personas reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley, cuando éstos son restringidos, suprimidos o amenazados por acciones u omisiones indebidas provenientes de servidores públicos o de particulares, siendo su esencia el ser preventivo y correctivo; y, ii) La jurisdicción constitucional analiza el fondo sólo cuando el accionante hubiese reclamado ante la misma autoridad o instancia que incurrió en la supuesta lesión al derecho fundamental o garantía constitucional, agotando los medios de impugnación previstos en la vía ordinaria, salvo que se advierta que los referidos medios de defensa pueden resultar tardías o exista la inminencia de un daño irremediable e irreparable que puede producirse de no otorgarse la tutela solicitada.