SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2013-L
Fecha: 27-May-2013
1)
Asimismo, usó la palabra Ruber Suárez Méndez expresando lo siguiente: 1) Se presentó un memorial de cesación a la detención preventiva; 2) Se evidenció que tenía la madera para entregar a la parte contraria y cuando ésta se hizo presente en su celda le dieron el teléfono del “Juez de Trinidad”, entonces lo llamó y le informó todo pero esta autoridad le dijo que no iría a Rurrenabaque mientras no lleguen a un acuerdo con la otra parte; 3) Lo detuvieron en su casa y hasta el día en que fue el Fiscal, seguía detenido y no sabía por qué lo detuvieron, tampoco hizo ninguna declaración; 4) Es una persona conocida en San Buenaventura, vive ahí por mas de treinta y tres años, está a cargo de sus dos hijas, a veces deja su trabajo por ellas, porque viven solas en su casa; 5) Por otro lado, de acuerdo al calendario forestal no cometió estafa; ya que, entregó cuatro camionadas de madera a la parte contraria; quedaba un saldo en dólares que tenía que pagarlos con el servicio de corte y además le dio dos camionadas mas, todo conforme a los recibos que adjuntó; y, 6) Finalmente, manifestó que cómo iba a cumplir con un contrato si se encontraba detenido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de la Sala
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 10
- necesariamente implica el hecho de que no sólo deba abocarse a conocer y resolver los casos descritos en este artículo, sino también lo obliga a pronunciarse respecto a cualquier incidente, excepción o planteamiento que pudiera surgir durante la etapa preparatoria,
- III.3. Del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- Subsidiariedad excepcional en acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR