SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2013-L
Fecha: 27-May-2013
II.2.
II.2. Auto 772/2011 de 1 de septiembre, pronunciado por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal -ahora demandado- por el que dispuso la procedencia de la solicitud de mandamiento de allanamiento, registro y secuestro en el domicilio ubicado en la zona este, urbanización 7 de marzo, manzana B-7, para proceder a su registro y en su caso el secuestro de las sustancias controladas, documentos públicos y privados relacionados con las personas involucradas en los ilícitos, fotografías y cualquier otro objeto material que sirva para la averiguación histórica del hecho como las movilidades utilizadas como medio de transporte encomendando su ejecución y cumplimiento a funcionario de la FELCN mandamiento cuya vigencia de noventa y seis horas a partir de su expedición a ser ejecutado en horas hábiles del día; mandamiento de allanamiento, registro y secuestro expedido por el mencionado Juez el mismo día, que fue ejecutado en la misma fecha a horas 18:05, entregándose copia de éste a la accionante quien se negó a firmar, habiéndose procedido a su aprehensión previa lectura de sus derechos y garantías constitucionales (fs. 6 a 7 y 10 a 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “sin lugar e
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Carácter excepcional subsidiario de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.3.1. La aplicación excepcional del principio de subsidiariedad
- 16 de septiembre de 2011
- 1º CONFIRMAR