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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2013-L

    Fecha: 28-May-2013

    Fragmento 19

               El art. 128 de la Constitución Política del Estado, indica: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley” (las negrillas son nuestras).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.11.
    • II.12.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
    • ;
    • Fragmento 18
    • Fragmento 19
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • III.4.  De la modulación de los efectos de la presente Resolución
    • 2º

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