SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2013-L
Fecha: 28-May-2013
II.7.
II.7. Por acta de audiencia de medidas cautelares de 13 de julio de 2011, llevada a cabo ante el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, compuesto por Juana Abán Velásquez y Pablo Zelaya Villanueva, Jueces Técnicos de dicho Tribunal, en la que estuvo presente el representante del Ministerio Público, el abogado de la víctima y el acusado acompañado de su abogado defensor Lizardo Valdez, se tiene que, mediante Auto se dispuso la detención preventiva del ahora accionante en la cárcel de Morros Blancos y la consecuente expedición del mandamiento de detención preventiva. Asimismo, en el penúltimo punto de la parte resolutiva de dicho Auto, se advirtió a las partes que tenían como remedio procesal el recurso de apelación dentro de las setenta y dos horas, o en su mérito en ese instante, por tratarse de actos exentos de formalidad. Finalmente, la referida acta fue suscrita por el Juez Técnico Pablo Zelaya Villanueva -refiriéndose entre paréntesis “suplencia”- y la Secretaria Karla Liz Silva Ortiz, sin que conste la interposición de recurso de apelación (fs. 47 a 49 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. De la modulación de los efectos de la presente Resolución
- 2º