Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2013
Fecha: 15-May-2013
Fragmento 12
El accionante señala que dentro de la acción penal privada que sigue contra Sara Barrancos Orsini, el Juez de primera instancia ante la solicitud de la querellada declaró probada la extinción de la acción penal y dispuso el archivo de obrados, apelada que fue esta Resolución, su recurso fue declarado improcedente por el Tribunal ad quem, todo ello bajo el argumento de no haber concurrido en dos oportunidades a la audiencia de juicio oral.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- deniega
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La justicia constitucional no se constituye en una instancia adicional a los procesos judiciales o administrativos
- III.2. El abandono de querella y sus efectos jurídicos
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- sólo en caso de existir apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad, o haberse adoptado una conducta omisiva, de no recibir, compulsar y producir cierta prueba pertinente al caso, la justicia constitucional realizará esta valoración
- CONFIRMAR