Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2013
Fecha: 15-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso y el acceso a la justicia plural, pronta, oportuna y gratuita, transparente y sin dilaciones, ya que tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de apelación declararon abandonada su querella, porque consideran que al no haber asistido a dos audiencias, sin valorar que una de ellas se debió por su delicado estado de salud y que presentó las recetas que se le dio y otra por un bloqueo en la carretera que le impidió llegar a tiempo presentando el respectivo certificado de ese hecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- deniega
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La justicia constitucional no se constituye en una instancia adicional a los procesos judiciales o administrativos
- III.2. El abandono de querella y sus efectos jurídicos
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- sólo en caso de existir apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad, o haberse adoptado una conducta omisiva, de no recibir, compulsar y producir cierta prueba pertinente al caso, la justicia constitucional realizará esta valoración
- CONFIRMAR