SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2013
Fecha: 21-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia, a la justicia transparente, plural, pronta y oportuna, a la defensa y a la tutela efectiva, por cuanto dentro de un proceso de ejecución tributaria promovido por el SIN contra un contribuyente se procedió al remate de un bien inmueble, proceso dentro el cual los accionantes, presentaron tercería de derecho preferente de pago, adjuntando al efecto la documentación pertinente. Siendo observada dicha tercería la misma fue subsanada, pero no fue admitida alegando que no cumplía con lo previsto por el art. 327 del CPC, cuando el referido artículo no es de cumplimiento obligatorio dentro de las tercerías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la legitimación pasiva
- la legitimación pasiva es un requisito de procedencia de la acción de amparo, en la que el accionante debe demostrar esa vinculación entre la autoridad o particular demandado
- “…la demanda debe estar dirigida contra la autoridad que funge el cargo desde el cual se realizó el presunto acto ilegal o se incurrió en la omisión indebida a momento de la presentación de una acción tutelar
- cuando la acción de amparo constitucional es interpuesta con la finalidad de reparar la presunta vulneración de un derecho por parte de la Administración, en la que la ex servidora o servidor públicos ya no ejerce las funciones y, en virtud de las cuales, por omisión o acción, se acusa la presunta vulneración de dicho derecho, resulta imprescindible dirigir la acción contra quién se encuentra en ejercicio del cargo que ejercía la ex autoridad a la que se le atribuye la ya señalada presunta lesión”
- III.4. Análisis d
- CONFIRMAR