Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2013
Fecha: 21-May-2013
II.2.
II.2. Mediante, acta de audiencia de cesación a la detención preventiva de 12 de julio de 2012, se establece que el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, suspendió la audiencia señalada para esa fecha, por inasistencia del Banco Bisa S.A., además, de la petición del Fiscal de Materia, ante la conminatoria del requerimiento conclusivo a ser presentado por dicha autoridad fiscal (fs. 22 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- conceda
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Alcances de la acción de libertad, cuando se alega vulneración al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR