Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2013
Fecha: 21-May-2013
II.6.
II.6. El 19 de septiembre de 2012, el Banco Nacional de Bolivia S.A., solicitó a la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, la suspensión de la audiencia programada para esa fecha y la del 20 del mismo mes y año, debido a que mediante Resolución 179/2012, la Sala Penal Primera, dispuso el rechazo la recusación, señalando que su similar debía reasumir el conocimiento de la causa. En mérito al cual, mediante proveído de 20 de septiembre, la autoridad jurisdiccional codemandada, dispuso la remisión de obrados al Juez Tercero (fs. 32 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- conceda
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Alcances de la acción de libertad, cuando se alega vulneración al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR