SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2013

Fecha: 27-May-2013

II.4.

II.4.  Por oficio presentado el 15 de noviembre de 2012, ante el Jefe Departamental de Trabajo, el ahora accionante solicitó que se ordene a EMPRELPAZ S.A. su reincorporación, dejándose sin efecto el memorándum de cesación de funciones (fs. 9); emitiéndose la conminatoria J.D.T.L.P./48 VI-CPE/D.S. 0496/FJLC/024/2012 el 30 de noviembre, disponiendo su restitución al puesto que ocupaba al momento del despido injustificado, más el pago de los salarios devengados y demás derechos actualizados a la fecha de pago (fs. 11). Orden notificada a EMPRELPAZ S.A. el 6 de diciembre de 2012 (fs. 11 vta.).