Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2013
Fecha: 27-May-2013
II.7.
II.7. Contra la decisión contenida en la RA 021-13, el demandado, el 23 de enero de 2013, planteó recurso jerárquico (fs. 43 a 44 vta.), impugnación que fue observada a través del Auto JDTLP-EOP H.R. 5170/13-TO de 24 de enero de 2013, por el que se dispuso que el impetrante se adecúe a lo dispuesto por el art. 66 y ss. de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) (fs. 93).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inamovilidad laboral del progenitor: Situaciones excepcionales
- Sin embargo, al considerar esta garantía, se tiene que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR