SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2013

Fecha: 28-May-2013

II.2.

II.2.  Por Auto 160/2013 de 23 de enero, la Jueza demandada rechazó la observación formulada por el accionante a la liquidación de pensiones devengadas, por no haberse “…presentado medios idóneos que hagan entrever la existencia de pagos realizados a favor de los beneficiarios para que puedan ser deducidos…” (sic), y aprobó la liquidación de 27 de agosto de 2012, en la suma de Bs45 050.-, a ser cancelados a tercero día de su notificación personal (fs. 6 y vta.).