Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2013
Fecha: 29-May-2013
II.2.
II.2. En virtud a lo anterior, el Jefe de Seguridad de Depósitos Aduaneros Bolivianos (DAB), Omar Terán Marañon, mediante oficio 115/2012 de 19 de septiembre, solicitó al Gerente General de DAB, instruya la verificación de la grabación de cámaras de vigilancia, para poder evidenciar el hecho concerniente de faltamiento a la autoridad e intento de atropello con camión, ocurrido el 7 del mismo mes y año, ya que la nombrada accionante, negó rotundamente el hecho reportado (fs. 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Garantía de juicio previo como presupuesto del debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Derecho al trabajo
- III.5. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR